
La ordenanza es impulsada por el regidodo Miguel Fortuna nanza contra pasamontañas en SDE para frenar la delincuenciaimpulsa orde
Por Dario Mañon
SANTO DOMINGO ESTE.– En una medida orientada a contrarrestar la ola de inseguridad y asaltos en la vía pública, el Concejo de Regidores del Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE) aprobó este jueves 5 de noviembre de 2026 la ordenanza que prohíbe el uso de pasamontañas y prendas que oculten el rostro en los espacios públicos del municipio, iniciativa impulsada por el regidor Miguel Fortuna.
La propuesta, sometida originalmente por el concejal Fortuna en octubre de 2026, nació ante la imperiosa necesidad de prevenir el delito e impedir el anonimato del que se valen delincuentes a bordo de motocicletas. Durante el debate en la Sala Capitular, Fortuna y sus colegas sostuvieron que el uso de estas indumentarias imposibilita que tanto la ciudadanía como los sistemas y cámaras de videovigilancia identifiquen a los antisociales que perpetran atracos en los distintos sectores de la demarcación. Los ediles recalcaron que numerosos munícipes, e incluso allegados al cuerpo concejal, han sido víctimas de asaltos cometidos bajo esta modalidad.
La sesión ordinaria contó con la asistencia de 24 de los 33 regidores que integran la matrícula municipal. La iniciativa contó con el firme respaldo de concejales como Arturo Santos, quien subrayó la importancia de fortalecer los mecanismos de prevención del delito en el municipio, y Juanchy Calderón.
Por su parte, la regidora Jheimy Núñez planteó enmiendas jurídicas a la pieza original con el objetivo de asegurar que la regulación se mantenga estrictamente apegada a los principios constitucionales y a las competencias otorgadas a los cabildos por la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, garantizando en todo momento el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos.
La normativa aprobada establece un régimen punitivo que contempla multas fijadas en RD$2,000 (con un rango sancionador general previsto desde los mil pesos hasta un salario mínimo para infracciones agravadas).
A fin de evitar arbitrariedades y resguardar derechos de sectores específicos, la ordenanza contempla exenciones claras para aquellas personas que deban llevar el rostro cubierto por razones justificadas. Entre los exceptuados se incluyen:
Organismos de seguridad y socorro: Miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, la Policía Municipal y el Cuerpo de Bomberos en el ejercicio de sus funciones.
Razones de salud: Personas que requieran protección facial por prescripción médica o condiciones sanitarias.
Motivos culturales o religiosos: Participantes en actividades culturales autorizadas o personas que por dogmas religiosos utilicen indumentarias específicas.
Trabajadores y sectores autorizados: Ciudadanos que en sus labores o circunstancias particulares justifiquen su uso ante las autoridades.
Las autoridades del Ayuntamiento de Santo Domingo Este precisaron que la aplicación efectiva de la medida se coordinará formalmente en la Mesa de Seguridad Ciudadana municipal, articulando operativos conjuntos entre la Policía Nacional y la Policía Municipal para el retiro de las prendas en las calles y la fiscalización de los infractores.
La pieza legal será promulgada y difundida de manera integral con todas sus modificaciones para conocimiento general y cumplimiento estricto en toda la geografía de Santo Domingo Este.
5 de noviembre 2026


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